Derecho Fiscal
Menos impuestos de los imprescindibles, ninguno de los innecesarios.
Fiscalidad para residentes e inversores internacionales. Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), declaración de renta como residente fiscal, régimen Beckham, Modelo 720 de bienes en el extranjero, fiscalidad de alquileres turísticos y planificación fiscal con economistas in-house.
Qué hacemos por usted
- IRNR: alquileres, venta, intereses (modelos 210, 211)
- IRPF como residente fiscal: convenios de doble imposición
- Régimen Beckham para trabajadores desplazados
- Modelo 720: declaración informativa de bienes en el extranjero
- Fiscalidad de alquileres turísticos y plataformas
- Planificación fiscal sucesoria y patrimonial
- Representación ante la AEAT y Tribunal Económico-Administrativo
Cómo trabajamos
- 01
Diagnóstico fiscal
Revisamos residencia, rentas, patrimonio y obligaciones en su país de origen.
- 02
Estrategia
Proponemos la estructura fiscal legal más eficiente, con escenarios comparados.
- 03
Cumplimiento
Presentamos modelos, respondemos a Hacienda y le mantenemos al día cada ejercicio.
Preguntas frecuentes
No por el criterio de los 183 días, pero sí si su centro de intereses económicos está en España. Lo valoramos.
Si tiene bienes en el extranjero por más de 50.000 € en alguna de las tres categorías, sí. Tras las sentencias europeas las sanciones son proporcionales.
Si viene por trabajo y cumple requisitos, puede tributar al 24% fijo sobre rentas españolas durante 6 años. Analizamos encaje.
¿Tiene un caso de Derecho Fiscal?
Primera consulta en Altea, con cita previa. Respondemos en su idioma.